Posts Tagged ‘legislación’
Facebook puede amenazar la seguridad de los ciudadanos, en opinión de las autoridades de Noruega
Posted 09/08/2012
on:La compañía de Mark Zuckerberg está siendo investigada en Noruega. Las autoridades de ese país (la Norwegian Data Protection Authority, Autoridad de Protección de Datos de Noruega) se encuentra estudiando la programación del sistema de reconocimiento facial de Facebook. La razón: Una posible amenaza a la seguridad de los ciudadanos.
De acuerdo con el organismo, los usuarios podrían ser monitoreados por la mencionada red social, lo cual sería una grave violación a la privacidad según las leyes noruegas.
En declaraciones del comisionado de protección de datos Bjørn Erik Thon a Bloomberg esta aplicación —activa desde 2011— es muy potente y no está claro cómo funciona.
La aplicación sugiere nombres de las personas para que los etiquetemos sobre los rostros que logra identificar en las fotografías. La compañía sostiene que las características son compatibles con la legislación de la Unión Europea y que los usuarios conocen su sistema y lo pueden desactivar.
Fuente: Clases de periodismo.
Más información relacionada
- Otras noticias acerca de Facebook en el blog de EtiquetasSinPermisoNo.
- Facebook denunciado por el etiquetado de personas vía reconocimiento facial en fotografías.
- Los riesgos para la privacidad de las aplicaciones móviles de reconocimiento de imagen.
- Demuestran que las redes sociales online facilitan identificar a personas en el mundo real.
- Otros problemas de seguridad de Facebook.
El Ayuntamiento de Getafe organiza una jornada para analizar la nueva realidad de la «violencia sexual online»
Posted 28/11/2011
on:En el marco de los actos en conmemoración del Día Internacional para la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, el ayuntamiento de Getafe organiza mañana una jornada con el título de «Violencia sexual en Internet», con la colaboración, entre otras entidades, de PantallasAmigas.
El acto tendrá lugar de 17:30 a 20:00 h en el Centro Municipal de la Mujer (C/ San Eugenio, 8), con el siguiente programa:
- 17:30: Apertura de la jornada.
Teresa Martín Escudero, Concejala de mujer. - 17:40: Violencia Sexual en Internet.
Jorge Flores Fernández, fundador y director de PantallasAmigas. - 18:05: La legislación en los casos de violencia sexual online.
Ofelia Tejerina, Asociación de Internautas. - 18:30: Coloquio.
- 18:45: Cómo actúa Getafe contra la violencia sexual en Internet?
Con representantes de la Delegación de Mujer, de la Delegación de Asuntos Sociales y Familia y de las policías local y nacional. - 19:15: Coloquio.
- 19:30: Clausura y cierre.
Don Juan Soler-Espiauba-Gallo, Alcalde de Getafe.
Representante del Instituto de la Mujer.
(Descarga el programa en PDF de la jornada «Violencia sexual en Internet»)
Hace poco eran responsables de Facebook y Google, dos de las empresas más poderosas de Internet. Ayer le tocó el turno a un gobierno europeo, el griego, que abogó por poner fin al blogging anónimo, en el contexto de la crisis social, económica y política que vive el país.
Los responsables griegos han denunciando que la Red se está usando para planificar ataques contra políticos y el ministro de Justicia, Miltiadis Papaioannou, anunció una nueva ley que facilitaría la identificación de los blogueros. «No habrá más gente enmascarada en Internet», dijo en un comunicado. Pese a ser una red no controlada por nadie y de contrastados beneficios para la sociedad, ha afirmado: «En manos de unos pocos, Internet se ha convertido en una herramienta dañina para amenazar las vidas de los ciudadanos».
Considerar estas tendencias en el contexto de la capacidad de la tecnología para extender la identificabilidad online al mundo físico, resulta preocupante.
Aunque lógicamente es deber de las autoridades perseguir el delito en Internet, así como proteger a los internautas más vulnerables (p.ej. los niños), muchos temen que este tipo de propuestas y de legislaciones mermarían la libertad de expresión online, una de sus características históricas más notables.
Como informábamos hace unos meses en nuestro blog Ciberapuestas.Wordpress.com el gobierno español está promoviendo un cambio legislativo que afectará a los juegos de azar y apuestas en Internet y mediante otras TIC. Ayer se daba un paso más con la aprobación en el Congreso de los Diputados del texto de la nueva ley, que ahora pasará al Senado.
Esta ley además de las modalidades de juego tradicionales como el bingo o el casino, regula por primera vez las ciberapuestas, es decir, aquellas que se pueden realizar a través de Internet o de teléfonos móviles, que hasta ahora carecían de un marco regulador específico lo que las situaba en una especie de alegalidad.
Entre los cambios que se han introducido figura la obligación de las empresas que ofrezcan juegos de apuestas en Internet para que utilicen el dominio de primer nivel .es, lo cual facilitará la supervisión y el control de las autoridades españolas. También dispone nuevos mecanismos para reforzar la seguridad jurídica de los operadores y de los consumidores de los diferentes juegos, además de para proteger a los menores de edad, a las personas incapacitadas legalmente para jugar y a las que han pedido voluntariamente que no se les deje acceder al juego para combatir su ludopatía.
Las sanciones previstas en la nueva ley pueden llegar a ser de hasta 50 millones para las muy graves, por ejemplo por ofrecer juegos sin tener licencia.
La implantación de la ley será progresiva para ponerles la adaptación fácil a las empresas que ya se encuentran operando en este sector en España.
Fuentes: ABC y Ciberapuestas.Wordpress.com.
El 23 de diciembre entró en vigor la enésima reforma del Código Penal español. En él se incluyen algunas variaciones importantes relativas a los ciberdelitos. Analizamos algunas de ellas:
Modificaciones penales sobre ciberdelitos
- Será delito «borrar, dañar, deteriorar, alterar, suprimir o hacer inaccesibles datos o programas informáticos ajenos y el acceso sin autorización a datos o programas contenidos en un sistema informático» y también «obstaculizar o interrumpir el funcionamiento de un sistema informático ajeno» (por ejemplo un sitio web).
- Así mismo se castiga «Descubrir y revelar secretos: acceso sin autorización vulnerando las medidas de seguridad a datos o programas informáticos contenidos en un sistema o en parte de él.» En este delito podría incurrir por ejemplo quien accediese a la cuenta de una red social online de otra persona sin permiso, o quien robase sus fotos de sexting, con intenciones de realizar bullying, acoso o sextorsión, por poner algunos casos.
- El artículo 183 bis tipifica como delito el grooming cuando se intenta llevar a un encuentro físico. Esta nueva figura delictiva pretende sancionar la conducta de quienes por medios telemáticos (Internet o móviles) contacten con menores de 13 años (edad de consentimiento sexual legal en España) para encuentros con fines sexuales:
«El que a través de Internet, del teléfono o de cualquier otra tecnología de la información y la comunicación contacte con un menor de trece años y proponga concertar un encuentro con el mismo a fin de cometer cualquiera de los delitos descritos en los artículos 178 [atentar contra la libertad sexual de otra persona, utilizando violencia o intimidación] a 183 [atentar contra la indemnidad sexual de un menor de trece años] y 189 [captar o utilizar a menores de edad o a incapaces con fines o en espectáculos exhibicionistas o pornográficos, tanto públicos como privados, o para elaborar cualquier clase de material pornográfico], siempre que tal propuesta se acompañe de actos materiales encaminados al acercamiento, será castigado con la pena de uno a tres años de prisión o multa de doce a veinticuatro meses, sin perjuicio de las penas correspondientes a los delitos en su caso cometidos. Las penas se impondrán en su mitad superior cuando el acercamiento se obtenga mediante coacción, intimidación o engaño».
- El sexting entre menores podría quedar recogido en dicho artículo 189, sobre la elaboración de material pornográfico o exhibicionista. Dicho artículo establece penas de prisión también para la posesión y difusión:
El que produjere, vendiere, distribuyere, exhibiere, ofreciere o facilitare la producción, venta, difusión o exhibición por cualquier medio de material pornográfico en cuya elaboración hayan sido utilizados menores de edad o incapaces, o lo poseyere para estos fines, aunque el material tuviere su origen en el extranjero o fuere desconocido.
- Se tipifica como delito la captación de niños para participar en espectáculos pornográficos y la responsabilidad de quien se lucra. Esto podría incluir los casos en que se fuerza o convence (con pago o no) a menores para producir autopornografía con sus webcams o teléfonos móviles.
Críticas a la reforma
Alguna de estas reformas ha sido criticada en ámbitos online, por las siguientes razones:
- Convertirían en delito algunas prácticas comunes del hacktivismo, como los ataques DDoS, en cumplimiento de una Directiva europea.
- El definir como delito la obstaculización de un sistema informático es tan vago que podría dar pie a criminalizar muchas formas de protesta online masiva, como el envío masivo de correos electrónicos o la simple visita simultánea a un web.
- Incluso podrían cometerse delitos de forma totalmente involuntaria, al obstaculizarse por parte de los visitantes el funcionamiento de un web cuyos recursos para la respuesta no estuvieran convenientemente dimensionados, o al interrumplir un proveedor de servicios online el funcionamiento por causas técnicas. También las personas cuyo ordenador haya sido infectado y formen parte de una botnet implicada en un ataque DDoS podrían estar cometiendo un delito, según la nueva formulación del Código Penal.
- Se critica también que no se refleje la proporcionalidad entre los daños presuntamente causados por una interrupción de protesta de un web, con los que causaría el bloqueo de una carretera o el acceso a un establecimiento público.
- Se considera de díficil aplicación práctica por la cantidad de ataques en grado de tentativa que realizan habitualmente los robots de los crackers cada pocos minutos en la mayoría de webs.
PantallasAmigas y los delitos online
PantallasAmigas, dentro de su objetivo de promover una ciberciudadanía responsable con especial atención a la infancia y a la adolescencia, ofrece en su Guía e-Legales pautas para saberse manejar en los temas legales en Internet: cuándo están cometiendo un delito contra nosotros, cuándo nuestras acciones traspasan el límite de lo legal, etc.
La guía, dirigida a adolescentes, madres, padres y docentes, se estructura en seis apartados:
- Infracciones legales frecuentes en la Red
- Acciones ilegales contra las personas
- Acciones ilegales contra el patrimonio
- Diez casos prácticos para analizar
- Para tener muy en cuenta.
- Falsas creencias que se oyen en los juzgados de menores
- La Ley se aplica siempre… también a los menores y en Internet
- Algunas nociones básicas
Fuentes: Barrapunto, La Vanguardia y La Moncloa.
La UE regulará el juego online para proteger a consumidores, menores y ludópatas
Posted 09/03/2009
on:¿Cómo regular las apuestas por internet?
Más de tres millones de europeos realizan apuestas por internet. La mayoría lo hace simplemente porque se divierte, pero para otros supone un riesgo tras el que se esconden adicción y amaño de partidos. Este lunes los eurodiputados deciden si se debe regular la actividad a escala nacional o europea; un informe de la comisión de Mercado Interior del Parlamento Europeo pide que sean los gobiernos nacionales los que lo hagan, pero algunos parlamentarios apuestan por una regulación comunitaria.
La «integridad de los juegos de azar en línea» está en la agenda del Pleno que el Parlamento Europeo celebra este lunes, con el debate de un informe sobre la materia redactado por la eurodiputada socialista danesa Christel Schaldemose. El texto fue consensuado por los miembros de la comisión parlamentaria de Mercado Interior tras la consideración de las más de cuatrocientas enmiendas que se presentaron.
Límites de edad y gasto mensual
En la formulación resultante de este debate, el informe pide a los gobiernos nacionales que fijen una posición común sobre asuntos como la adicción a las apuestas, el uso fraudulento de datos personales o tarjetas de crédito, comportamientos irregulares en las apuestas o amaños de partidos, límites de edad de los apostantes y medidas de protección de los niños y de los adictos al juego.
Una enmienda introducida por el liberal holandés Toine Manders pide que se fije un máximo mensual que una persona puede gastar en apostar por internet, y que se obligue a los operadores de juegos de azar en línea a que utilicen tarjetas de prepago, que se venderían en las tiendas, para los juegos.
Opinión minoritaria
Aunque el informe fue finalmente adoptado por los miembros de la comisión parlamentaria, una minoría de ellos expresó su preocupación ante la posibilidad de que «el contenido del informe rebase el mandato de la iniciativa», al considerar que «el informe socava algunos de los principios del mercado único» y que «no se refleja adecuadamente la situación en todos los Estados miembros».
Ya en febrero de 2008, en una audiencia sobre la materia organizada por la misma comisión parlamentaria, se debatieron los retos que plantean las apuestas en línea. La Presidenta de la comisión, al socialista británica Arlene McCarthy, ya declaró en esa ocasión que «el amaño de partidos es tan antiguo como los mismos partidos, pero las nuevas tecnologías abren nuevos riesgos de fraude, junto a las nuevas oportunidades que presentan». Subrayó que «los aficionados quieren ver partidos honestos» y apoyó que se emprendan acciones encaminadas a garantizarlo, pero alertó de la posibilidad de que los Estados adopten normas que protejan a las casas de apuestas nacionales.
Fuente: Parlamento Europeo